Divorcio de mutuo acuerdo con custodia compartida.

En un divorcio de mutuo acuerdo siempre hay que aportar al Juzgado el convenio regulador, que es el documento, redactado por el abogado y firmado por los cónyuges, donde se reflejan los pactos a los que han llegado las partes.

Cuando hay hijos menores esos acuerdos deben incluir a qué progenitor se le atribuye la custodia o si se le atribuye de forma compartida a los dos. Por tanto, puede ser de dos tipos. Por un lado, la custodia monoparental, es decir atribuida a solo uno de los progenitores, si bien el otro siempre tendrá un derecho de visitas y estancias con los menores, por ejemplo en fines de semana alternos y mitad de vacaciones. La segunda posibilidad es que se pacte una custodia compartida, lo cual quiere decir que los hijos estarán de forma alterna con cada uno de los progenitores por periodo iguales, o muy similares. Por ejemplo, una de las más habituales es que los menores estén con cada padre durante una semana y los domingos por la tarde o el lunes por la mañana se haría el intercambio.

Para poder pactar una custodia compartida es necesario que exista buena relación entre los padres o, al menos, la suficiente para poder ejercerla con buen resultado, que ambos progenitores tengan la capacidad de cuidar a los menores, por ejemplo, que sus horarios sean compatibles con ello, y que la distancia entre los dos domicilios y el centro escolar también la permita. Sin embargo, es suficiente que los progenitores así lo entiendan, puesto que el Juzgado lo dará por cierto.

Custodia compartida y pensión alimenticia

Es importante conocer que, en la custodia compartida, no se establecen pensiones alimenticias que deba pagar un progenitor a otro, puesto que cada uno se hace cargo de los gastos ordinarios que se generen y los extraordinarios se pagan a medias o bien, aunque es menos frecuente, en otro porcentaje que se determine, en función de la capacidad económica de cada uno

¿Son aprobadas por el Juzgado las custodias compartidas?

Todos los convenios reguladores de divorcios con menores deben pasar por el fiscal, para que emita informe sobre si considera que se protegen correctamente sus derechos. Normalmente si se piden cambios por el fiscal suele ser sobre aspectos en los que el convenio no es suficientemente preciso, pero si los progenitores pactan una custodia compartida, prácticamente en todos los casos esta medida es aprobada por el fiscal y, posteriormente por el Juez.