¿Mi divorcio es con o sin reparto de bienes?
El reparto de bienes en un divorcio se refiere a la liquidación de la sociedad de gananciales dentro del mismo procedimiento. Esto implica modificar la titularidad de los bienes comunes, distribuyéndolos de manera diferente a como están actualmente.
Por ejemplo, si uno de los cónyuges se quedará con la vivienda en propiedad, se tratará de un divorcio con reparto de bienes. En cambio, si la vivienda seguirá siendo propiedad común al 50%, no habrá reparto de bienes.
Si estáis casados en régimen de separación de bienes, vuestro divorcio será siempre sin reparto de bienes, ya que no existe una sociedad de gananciales que liquidar.
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