Preguntas frecuentes (FAQ)
Estamos separados y ya tenemos un convenio regulador de la separación, ¿es necesario hacer un nuevo convenio para el divorcio?
Es necesario presentar un nuevo convenio regulador con fecha actual y con todas las circunstancias actuales (domicilios, etc). Aún así, se pueden mantener las cláusulas del convenio de la separación en el divorcio, manteniendo de esta forma los pactos. Para ello solo tenéis que hacernos llegar una copia del anterior convenio junto con el formulario.
¿Hay que llevar la sentencia de divorcio a inscribir al registro Civil?
Una vez haya sentencia de divorcio no tenéis que realizar ningún trámite adicional. El mismo juzgado se encarga de comunicar la sentencia al Registro Civil para que sea inscrita en el acta de matrimonio.
Nos hemos casado fuera de España ¿el trámite de divorcio es diferente?
Aunque el matrimonio se haya celebrado fuera de España, pueden divorciarse en aquí, prácticamente con las mismas formalidades que si se hubiera celebrado en este país. El único requisito adicional, será presentar un certificado de matrimonio de dicho país apostillado. Además, si también inscribieron el matrimonio en España o en el consulado español, con un certificado de matrimonio del registro Civil Central español sería suficiente.
En nuestro caso, mi cónyuge no está dispuesto a colaborar en el divorcio ¿podéis ayudarnos?
Para llevar a cabo un divorcio express es necesario que ambos cónyuges estén de acuerdo. Si no lo hay, la opción es un divorcio contencioso. La ventaja es que en este caso la demanda se puede presentar sin necesidad del acuerdo del otro cónyuge. En cambio, la desventaja es que se trata de un procedimiento más largo, más complicado y bastante menos económico que un divorcio express.
Podemos ayudarte también en este tipo de casos.
¿Cuántas veces hay que ir al Juzgado?
Lo habitual es que solo haya que acudir en una sola ocasión. Hay Juzgados, si bien son minoritarios, que hacen acudir dos veces.