Divorcio custodia compartida

Divorcio de mutuo acuerdo con custodia compartida.

Divorcio de mutuo acuerdo por poderes

Divorcio en España de extranjeros

Divorcio en España de extranjeros casados en el extranjero

Divorcio en España de extranjeros

Es posible divorciarse (y también separarse) en España, aún siendo uno de los cónyuges, o ambos, extranjeros, es decir, sin tener la nacionalidad española.
Es indiferente que los cónyuges extranjeros tengan el carácter de comunitarios o no.

El divorcio en España de extranjeros puede ser de mutuo acuerdo o contencioso -o sin acuerdo mutuo-.

Si es de mutuo acuerdo, para poder divorciarse en España, el requisito es que uno de los dos cónyuges sea español y resida en España o que, en el caso de que ambos sean extranjeros, al menos uno de ellos tenga domicilio habitual en España.

La residencia en España se acredita fácilmente con certificado de empadronamiento. No es necesario acreditar residencia durante un periodo de tiempo, sino que es suficiente con que exista en el momento de la presentación.

En el caso de divorcio contencioso, se puede presentar en España si ambos cónyuges son españoles.  Además si la persona frente a la que se presenta la demanda de divorcio reside en España, aunque sea extranjero, el divorcio puede presentarse ante los juzgados españoles. También si el demandante tiene residencia habitual en España se puede presentar el divorcio aquí, en algunos casos, aunque el cónyuge resida fuera.

Tanto en un caso como en el otro el trámite es exactamente el mismo en un divorcio de un matrimonio en el que los cónyuges son españoles, como en el caso de que no lo sea.

En el caso de que uno de los cónyuges resida fuera de España, podemos facilitar el trámite para hacer que solo tenga que desplazarse en una ocasión, o incluso sin tener que acudir, haciendo un poder en el consulado de España en el país donde resida a favor de nuestro procurador.

Les guiaremos en todo el proceso y les haremos llegar unas instrucciones precisas de cómo deben hacer este poder.

Si tiene dudas o quiere iniciar su trámite de divorcio contacte con nosotros. Estamos encantados de atenderle.

Si necesita ayuda con su caso concreto contacte con nosotros a través de la web y sin ningún compromiso, llámenos al 910 70 54 69.
O pídanos una cita,

 

Juzgados en los que trabajamos

Juzgados en los que trabajamos

red abogados

Nuestra red de Abogados le atiende en toda España

Los principales Juzgados en los que trabajamos la mayor parte de nuestros divorcios express son: Madrid, Barcelona, Sevilla y Valencia.

Pero tramitamos su separación o divorcio express de mutuo acuerdo en casi todas las localidades de España, gracias a nuestra red de Abogados y Procuradores.

En Madrid le podemos ayudar jurídicamente en prácticamente todas las áreas.

A continuación puede revisar los juzgados donde trabajamos ordenados por Comunidades Autónomas y provincias. Las localidades incluidas son en su mayoría cabeceras de Partido Judicial, pero también trabajamos en todas las que pertenecen a dichos Juzgados.

ANDALUCÍA:

ALMERÍA: Almería, Berja, Huércal-Overa, Garrucha, Mojácar,Vera, Roquetas de Mar, Vélez-Rubio, Ejido (El), Purchena.

CÁDIZ: Chiclana de la Frontera, Arcos de la Frontera, Algeciras, Cádiz, San Roque, Sanlúcar de Barrameda, Jerez de la Frontera, Línea de la Concepción (La), San Fernando, Puerto de Santa María(El), Rota, Puerto Real, Barbate, Ubrique.

CÓRDOBA: Montoro, Aguilar de la Fronteram Pozoblanco, Baena, Posadas, Peñarroya-Pueblonuevo, Lucena, Córdoba, Priego de Córdoba, Cabra, Montilla, Puente Genil.

GRANADA: Loja, Guadix, Granada, Motril, Órgiva, Baza, Santa Fe, Huéscar, Almuñécar.

HUELVA: Aracena, Huelva, Palma del Condado (La), Valverde del Camino, Ayamonte, Moguer.

JAÉN: Jaén, Alcalá la Real, Carolina (La), Andújar, Baeza, Linares, Villacarrillo, Cazorla, Martos, Úbeda.

MÁLAGA: Antequera, Vélez-Málaga, Málaga, Ronda, Fuengirola, Marbella, Estepona, Torrox, Coín, Archidona, Torremolinos.

SEVILLA: Osuna, Cazalla de la Sierra, Sanlúcar la Mayor, Carmona, Lora del Río, Sevilla, Morón de la Frontera, Lebrija, Utrera, Écija, Alcalá de Guadaira, Dos Hermanas, Marchena, Coria del Río, Estepa

 

ARAGÓN

HUESCA: Barbastro, Boltaña, Fraga, Huesca, Jaca, Monzón.

TERUEL: Alcañiz, Calamocha, Teruel.

ZARAGOZA: Calatayud, Tarazona, Zaragoza, Caspe, Ejea de los Caballeros, Daroca, Almunia de Doña Godina (La).

 

ASTURIAS

Cangas del Narcea, Lena, Cangas de Onís, Avilés, Grado, Siero, Castropol, Gijón, Laviana, Oviedo, Llanes, Mieres, Langreo, Tineo, Valdés, Pravia, Villaviciosa, Piloña, Pravia, Soto del Barco.

 

CANTABRIA

Torrelavega, Laredo, Santander, San Vicente de la Barquera, Reinosa, Santoña, Medio Cudeyo, Castro-Urdiales.

 

CASTILLA LA MANCHA

ALBACETE: Albacete, Alcaraz, Almansa, Hellín, Roda (La), Villarrobledo, Casas-Ibáñez.

CIUDAD REAL: Alcázar de San Juan, Ciudad Real, Daimiel, Manzanares, Valdepeñas, Villanueva de los Infantes, Puertollano, Tomelloso, Almagro, Almadén.

CUENCA: Cuenca, Tarancón, Motilla del Palancar, San Clemente.

GUADALAJARA:Guadalajara, Molina de Aragón, Sigüenza.

TOLEDO:Ocaña, Orgaz, Illescas, Talavera de la Reina, Toledo, Torrijos, Quintanar de la Orden.

 

CASTILLA Y  LEÓN

ÁVILA:Arévalo, Arenas de San Pedro, Ávila, Piedrahíta

BURGOS: Burgos, Aranda de Duero, Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, Miranda de Ebro, Lerma, Briviesca, Salas de los Infantes.

LEÓN:León, Sahagún, Bañeza (La), Ponferrada, Astorga, Cistierna, Villablino.

PALENCIA:Palencia, Carrión de los Condes, Cervera de Pisuerga.

SALAMANCA:Salamanca, Ciudad Rodrigo, Vitigudino, Béjar, Peñaranda de Bracamonte.

SEGOVIA: Segovia, Cuéllar, Sepúlveda, Santa María la Real de Nieva.

SORIA: Soria, Almazán, Burgo de Osma-Ciudad de Osma.

VALLADOLID: Valladolid, Medina del Campo, Medina de Rioseco.

ZAMORA:Zamora, Toro, Benavente, Puebla de Sanabria, Villalpando.

 

CATALUNYA

BARCELONA: Barcelona, Martorell, Manresa, Granollers, Mataró, Vic, Arenys de Mar, Igualada, Berga, Vilafranca del Penedès, Badalona, Sant Boi de Llobregat, Sabadell, Vilanova i la Getrú, Terrassa, Sant Feliu de Llobregat, Hospitalet de Llobregat (L’), Santa Coloma de Gramenet, Cerdanyola del Vallès, Cornellà de Llobregat, Gavà, Mollet del Vallès, Esplugues de Llobregat, Rubí, Prat de Llobregat (El).

GIRONA: Girona, Figueres, Bisbal d’Empordà, Ripoll, Santa Coloma de Farners, Olot, Blanes, Sant Feliu de Guíxols, Puigcerdà.

LLEIDA:Lleida, Tremp, Balaguer, Cervera, Seu d’Urgell (La), Vielha e Mijaran, Solsona.

TARRAGONA: Tarragona, Vendrell (El), Reus, Amposta, Valls, Gandesa, Tortosa, Falset.

 

CEUTA: Ceuta

 

COMUNIDAD VALENCIANA

ALICANTE: Alicante/Alacant, Dénia, Alcoy/Alcoi, Orihuela, Villajoyosa/Vila Joiosa (la), Elda, Villena, Elche/Elx, Benidorm, San Vicente del Raspeig/Sant Vicent del Raspeig,Novelda, Ibi, Torrevieja.

CASTELLÓN: Castellón de la Plana/Castelló de la Plana, Segorbe, Vinaròs, Nules, Villarreal/Vila-real

VALENCIA: Valencia, Llíria, Gandia, Ontinyent, Torrent, Sueca, Sagunto/Sagunt, Alzira, Carlet, Xàtiva, Requena, Catarroja, Moncada, Paterna, Quart de Poblet, Mislata, Massamagrell, Picassent.

 

EXTREMADURA

BADAJOZ: Badajoz, Villanueva de la Serena, Almendralejo, Llerena, Mérida, Olivenza, Zafra, Jerez de los Caballeros, Herrera del Duque, Castuera, Don Benito, Fregenal de la Sierra, Montijo, Villafranca de los Barros.

CÁCERES: Cáceres, Coria, Navalmoral de la Mata, Plasencia, Trujillo, Valencia de Alcántara, Logrosán.

 

GALICIA

A CORUÑA: Coruña (A), Betanzos, Santiago de Compostela, Ferrol, Noia, Carballo, Corcubión, Arzúa, Ortigueira, Ribeira, Negreira, Muros, Padrón, Ordes.

LUGO: Lugo, Mondoñedo, Chantada, Vilalba, monforte de Lemos, Viveiro, Sarria, Fonsagrada (A), Becerreá.

OURENSE: Ourense, Ribadavia, Xinzo de Limia, Pobra de Trives (A), Verín, Barco de Valdeorras (O), Carballiño (O), Bande, Celanova.

PONTEVEDRA: Pontevedra, Ponteareas, Vilagarcía de Arousa, Vigo, Estrada (A), Tui, Cangas, Lalín, Cambados, Redondela, Porriño (O), Caldas de Reis, Marín.

 

BALEARS (ILLES)

Palma de Mallorca, Mahón, Inca, Manacor, Eivissa, Ciutadella de Menorca

 

ISLAS CANARIAS

LAS PALMAS: Arrecife, Palmas de Gran Canaria (Las), Puerto del Rosario, Santa María de Guía de Gran Canaria, Telde, San Bartolomé de Tirajana, Arucas.

SANTA CRUZ DE TENERIFE: Granadilla de Abona, San Sebastián de la Gomera, Santa Cruz de Tenerife, Santa Cruz de la Palma, Icod de los Vinos, Valverde, San Cristóbal de La Laguna, Orotava (La), Llanos de Aridane (Los), Puerto de la Cruz, Güímar, Arona.

 

LA RIOJA

Haro, Calahorra, Logroño.

 

MADRID

Madrid, Torrelaguna, Torrejón de Ardoz, Navalcarnero, Alcalá de Henares, Alcobendas, Móstoles, San Lorenzo de El Escorial, Aranjuez, Leganés, Getafe, Majadahonda, Coslada, Arganda del Rey, Collado Villalba, Parla, Alcorcón, Fuenlabrada, Colmenar Viejo, Valdemoro, Pozuelo de Alarcón.

 

MELILLA: Melilla.

 

MURCIA

Caravaca de la Cruz, Cartagena, Cieza, Lorca, Mula, Murcia, Yecla ,Molina de Segura, Totana, Jumilla, San Javier.

 

NAVARRA

Pamplona/Iruña, Estella/Lizarra, Aoiz/Agoitz, Tudela, Tafalla.

 

EUSKADI

ÁLAVA:Vitoria-Gasteiz, Amurrio.

VIZKAYA:Donostia-San Sebastián, Tolosa, Azpeitia, Bergara, Eibar, Irun.

GUIPÚZKOA: Bilbao, Durango, Barakaldo, Gernika-Lumo, Balmaseda, Getxo.

 

gastos vivienda divorcio

¿Qué conyuge paga IBI, comunidad de propietarios y gastos de la vivienda?

¿Quién paga los gastos de la vivienda que era el domicilio familiar?

Puede resultar una cuestión muy obvia, pero suele ser una consulta muy habitual durante la tramitación de un proceso de separación o divorcio.

gastos vivienda divorcioSi se trata de un divorcio de mutuo acuerdo, el pacto de las pactes será lo que primará, teniendo libertad los mismos para distribuir los gastos de la vivienda entre uno y otro cónyuge de la manera que consideren adecuada a las circunstancias de su divorcio o separación. por tanto, en este caso, a lo primero a lo que habrá que atender es a lo acordado entre las partes en el convenio regulador.

En el caso de que no se acuerde nada en el convenio regulador o bien se trate de un divorcio o separación contencioso y no se fije nada en la sentencia los criterios serán los siguientes:

 Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y otros impuesto sobre la propiedad de la vivienda

Puesto que el IBI es sobre la propiedad del inmueble, los obligados a su pago serán los propietarios del mismo. Por tanto si ambos ex cónyuges son copropietarios al 50% deberán pagarloi a medias.

Seguro de hogar

El seguro de la vivienda sobre al continente, lo pagaran los propietarios proporcionalemente a su suota sobre la propiedad, igual que el IBI,.

Hipoteca

Salvo pacto en contrario en el convenio regulador o que se fije otra cosa en la sentencia, las cuotas del préstamo hipotecario de la vivienda se seguirá abonando como se venía haciendo antes de la separación o divorcio. por tanto, si la hipoteca fue suscrito al 50%, ambos deberán seguir abonando la mitad del mismo, si el préstamo hipotecario fue suscrito por uno sólo porque la vivienda era privativa de él, estará obligado a seguir abonando sus cuotas.

Comunidad de propietarios

El pago de los gastos de comunidad de la vivienda familiar corresponde al cónyuge a quien se le ha atribuido el uso de la misma, con independencia de la propiedad.

Gastos de suministros de la vivienda

Los gastos de suministros y del uso ordinario de la vivienda (electricidad, agua, gas, ADSL, teléfono) los abonará el excónyuge tenga atribuido el uso de la misma.

Divorcio notarial

DIVORCIO-NOTARIO

Desde el pasado mes de julio de 2015, es posible hacer el divorcio ante notario y por tanto sin necesidad de acudir al Juzgado ni realizar ningún tipo de tramitación judicial. Sí que es necesaria la asistencia de abogado, que debe firmar la escritura pública de divorcio junto a los cónyuges.

En cuanto a los requisitos, para que sea posible hacer el divorcio notarial no debe haber hijos menores o incapaces en el matrimonio y debe hacerse de mutuo acuerdo.

El divorcio notarial debe otorgarse en cualquier notaría de la localidad del último domicilio conyugal o del actual de cualquiera de los cónyuges. En cuanto a documentación, será siempre necesario un certificado de matrimonio, de menos de tres meses desde su expedición, certificado de nacimiento de los hijos si los hubiere, también con menos de tres meses, un certificado de emapdronamiento que acredite la competencia anteriormente indicada, así como debe redactarse y firmarse un convenio regulador. El convenio regulador es el documento donde se incluyen los pactos de las partes para el divorcio y debe ser redactado por su abogado.

Será el propio notario en encargado de inscribir el divorcio en el registro civil correspondiente, por lo que una vez otorgada la escritura pública ya no será necesario hacer ningún trámite más por los cónyuges.

El coste puede variar, tanto en cuanto a la minuta de abogado como en cuanto a la de procurador. En nuestro despacho estamos ofreciendo un presupuesto de alrededor de 450 euros (es decir unos 225 euros por cónyuge), incluyendo todos los costes. En cuanto a plazos, la tramitación, una vez se dispone de la documentación, es muy rápida, pudiendo estar listo en cuestión de días.

Si quieres iniciar su divorcio notarial, pógnase en contacto con nosotros y le ayudaremos con todos los pasos a seguir. estamos encanatados de atenderte.

 

 

Nuevo despacho en Gran Vía

Desde el día 1 de agosto nuestra sede baja una planta, del séptimo al sexto, si bien seguimos en el edificio Coliseum, en Gran Vía, 78. Una nueva etapa con algunos cambios para presentar un servicio aún mejor. Como siempre estamos encantados de atenderos. Os dejamos unas fotos de la nueva oficina.

 

Requisitos divorcio express

El divorcio express (o separación express) no es otra cosa que un divorcio de mutuo acuerdo. Los requisitos para poder divorciarse a través del llamado divorcio express son los siguientes:

AcueRequisitos divorciordo de ambos cónyuges

– Que exista acuerdo de ambos esposos, tanto en divorciarse o separarse, como también en todas las medidas que se deben aprobar junto con el divorcio o separación. Las mismas son la custodia de los hijos menores, el régimen de visitas, la pensión de alimentos que debe pasar el progenitor no custodio, la pensión compensatoria, el uso de la vivienda, la liquidación de gananciales, etc. En caso de que no se cumpla este requisito, es decir que no exista acuerdo de ambos esposos en pedir el divorcio o separación, o bien en el resto de medidas, podría presentarse un divorcio contencioso, es decir un proceso en el que el divorcio se pide por uno solo de los cónyuges.

El divorcio contencioso se trata de un procedimiento más largo, más complicado y bastante menos económico que un divorcio express. Tasmbién es posible que en un inicio no haya acuerdo, pero tras la negociación se pueda llegar a acordar las diferentes medidas.

Más de tres meses desde que se contrajo matrimonio

– Es necesario que hayan pasado más de tres meses desde que se contrajo matrimonio. Este requisito es de fácil cumplimiento, pues si aún no han pasado los citados tres meses, tan solo habría que esperar un corto periodo para presentar la demanda de divorcio o separación de mutuo acuerdo.

Si cumple estos requisitos, que haya acuerdo de ambos esposos y que hayan pasado más de tres meses desde que se celebró el matrimonio, tu divorcio o separación será más económico, más rápido y menos desagradable. Contacta con nosotros y te asesoraremos sobre tu caso concreto. estamos encantados de atenderte.

 

Divorcio contencioso

DIVORCIO CONTENCIOSO

Si su cónyuge no desea tramitar el divorcio o separación amistosa, o no logran llegar a un acuerdo sobre las pensiones a los hijos, uso de la vivienda o cualquier otro extremo, también podemos ayudarle, pues en la comunidad de Madrid y en Cataluña ofrecemos la tramitación de divorcios contenciosos.

En este caso la tramitación sería presencial y, aunque los costes no serían tan bajos como en el divorcio de mutuo acuerdo, intentamos ajustar al máximo el precio y siempre bajo presupuesto previo, en atención a las características del caso.

¿Qué diferencia existe entre el divorcio contencioso y el divorcio de mutuo acuerdo o divorcio express?

DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

DIVORCIO CONTENCIOSO

 Es necesario el acuerdo de los cónyuges.  Es la solución para casos en los que no existe acuerdo.
 Se redacta un documento, llamado convenio regulador, en el que se recogen los acuerdos a los que han llegado los cónyuges: reparto de bienes si los hay, custodia de los hijos, régimen de visitas, etc.  Uno de los cónyuges presenta una demanda con sus pretensiones y el juez decide las medidas a adoptar.
 Es un procedimiento más sencillo y rápido.  El procedimiento es algo más largo y menos sencillo.
 El precio es más bajo porque el procedimiento es más sencillo y porque ambos cónyuges pueden actuar representados por el mismo procurador y defendidos por el mismo abogado.  El precio es más elevado por la complejidad del procedimiento y porque cada uno de los cónyuges debe contratar a un abogado y a un procurador.
Documentos divorcio

Documentos divorcio express

DOCUMENTOS DIVORCIO Y SEPARACIÓN

Documentos que han de acompañar a la demanda de divorcio o separación

Dependiendo de cada caso de divorcio serán necesarios unos u otros documentos. Normalmente no son necesarios todos la documentación que indicamos a continuación.

  1. Certificado de empadronamiento del cónyuge en cuyo partido judicial se vaya a presentar la demanda, si sus domicilios están en el mismo partido judicial puede presentarse el certificado de empadronamiento de cualquiera de ellos.
  2. Certificado literal de matrimonio reciente, máximo tres meses de antigüedad.*
  3. Certificado de nacimiento de los hijos del matrimonio, si los hubiere.*
  4. En caso de separación judicial previa: copia de la sentencia de separación. Si no tienen una copia pueden solicitarla en el juzgado que dictó la sentencia.
  5. En caso de haberse otorgado escritura de capitulaciones matrimoniales: copia de la escritura. Si no tienen una copia pueden solicitarla en la Notaría en la que la otorgaron.
  6. En el caso de que los cónyuges quieran repartir los bienes del matrimonio todos los documentos acreditativos de las deudas y de los bienes

* Si lo desea puede solicitar estos documentos a través de Internet en el servicio de gestoria de CIVILIS Abogados, pinchando en la imagen inferior.

Certificados gestoria